¿Como detectar elevadores ILEGALES y consecuencias?

 Se adjunta información elaborada por AFIBA en colaboración con el Ministerio de Industria y ha sido presentada en el congreso de ANCERA del 7 de junio.

Lo más relevante es informar que se están vendiendo elevadores que no cumplen la normativa vigente. Sólo son legales los Elevadores que incluyan dentro del manual la Declaración de conformidad CE y que explícitamente digan que cumplen:

  • Normativa Específica de Elevadores. 1493:2010. (En breve se publicará en el BOE que NO SON VÁLIDAS las anteriores, es decir, la 1493:1999 y tampoco su posteriores aclaraciones A1 2008 + A1 2009).
  • Directiva CE: 2006/42 CE (en vigor desde el 29/12/2009)

 Recordar que la Ley:

  • Los Elevadores están clasificados como Maquinaria de Riesgo
  • La ley 21/1992 (Modificación Ley 25/2009) en su título V establece infracciones graves e incluso muy graves en caso de accidentes, con lo que podría conllevar sanciones de hasta 600.000 € e incluso la suspensión de la actividad.
  • Todo ello, sin perjuicio de las posibles aplicaciones de los códigos civil y/o penal, dependiendo de los casos.
  • Se contempla tanto responsable al COMPRADOR / INSTALADOR / VENDEDOR / FABRICANTE

Otras observaciones importantes:

  •  Industria No dará la licencia de apertura si el equipamiento no cumple con la normativa.
  • Denuncias por Inspecciones laborales.
  • Ante un accidente, el Seguro del taller no se hará responsable al no cumplir la normativa.