1493:2010 Nota técnica Ministerio Industria sobre Elevadores legales
Como ya os adelantamos el año pasado, adjuntamos la carta del Ministerio de Industria donde confirma que la norma específica, en España, de elevadores es la EN1493:2010
No siendo Válidas las anteriores, es decir, la 1493:1999 ni sus posteriores aclaraciones A1 2008 + A1 2009. Ni tampoco la norma 1493 sin especificar versión.
Recordar que la Ley:
- Califica a los elevadores como Maquinaria de Riesgo.
- La ley 21/1992 (Modificación Ley 25/2009) en su título V establece infracciones graves e incluso muy graves en caso de accidentes, con lo que podría conllevar sanciones de hasta 600.000€ e incluso la suspensión de la actividad.
- Todo ello, sin perjuicio de las posibles aplicaciones de los código civil y/o penal, dependiendo de los casos.
- Se contempla tanto responsable al COMPRADOR / INSTALADOR / VENDEDOR / FABRICANTE.
- Otras observaciones importantes:
0. Industria No dará la licencia de apertura si el equipamiento no cumple la normativa.
1. Aumento de inspecciones laborales en los talleres.
2. Ante un accidente, el Seguro del taller no se hará responsable al no cumplir la normativa.
3. El elevador es una máquina de trabajo continuo en la que la seguridad es fundamental por lo que no disponer de las últimos avances en seguridad o maquinaria ilegal podría provocar daños físicos que se pueden evitar con maquinaria en la cual la seguridad es prioridad y principio esencial.